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Dimensión Fundacional · Módulo 01 de 15

El SNGRD y el CMGRD:
¿A quién le exijo?

Saber que tienes derechos no basta si no sabes a quién exigírselos, con qué argumentos y por qué escalera institucional. Este módulo te lleva por dentro del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y te muestra cómo entrar en él desde tu comunidad, en igualdad de condiciones con cualquier funcionario.

Ley 1523/2012 · Art. 5, 14, 16, 28 Principios 5, 11, 12, 13, 14 · Art. 3° 2 sesiones · 4 horas Educación Popular · IAP · Simulación
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El sistema que te protege —si lo conoces

Una de las frustraciones más extendidas en las comunidades de la Costa Caribe frente a situaciones de riesgo o desastre es no saber a quién acudir. El alcalde dice que es competencia de la gobernación. La gobernación dice que es asunto municipal. La UNGRD dice que no tiene competencia directa. La Corporación Autónoma dice que solo hace estudios. Y mientras tanto, la comunidad está en riesgo, el río sube y el barrio se inunda.

Esta confusión no es accidental. Refleja la complejidad real de un sistema con múltiples niveles, actores y competencias legalmente definidas. Pero también puede resolverse: la Ley 1523 de 2012 define con precisión milimétrica qué le corresponde a cada nivel, en qué plazo y con qué recursos. Cuando ese mapa institucional se conoce, la exigencia se vuelve precisa, documentable y jurídicamente sostenible.

Este módulo te da ese mapa. No como abstracción teórica sino como instrumento de poder ciudadano: saber a qué puerta tocar, con qué argumento, qué respuesta esperar y a dónde escalar cuando no llega.

Pregunta generadora · Inicio de sesión

"¿Cuándo ocurrió el último evento que afectó a tu comunidad —una inundación, un deslizamiento, un vendaval— y a quién llamaron? ¿Llegaron? ¿En cuánto tiempo? ¿Alguien les explicó cuál institución tenía qué responsabilidad?"

  • ¿Sabes si tu municipio tiene un Consejo Municipal de Gestión del Riesgo activo?
  • ¿Conoces el nombre o el cargo del coordinador de gestión del riesgo de tu alcaldía?
  • ¿Tu organización comunitaria ha sido convocada alguna vez a una reunión de planificación del riesgo?
  • ¿Hay diferencias en cómo respondió el sistema institucional según el barrio o sector afectado?

Estas preguntas no tienen respuestas correctas o incorrectas: abren el espacio para reconocer lo que ya sabe la comunidad sobre el funcionamiento real del sistema. Ese conocimiento experiencial —incluidas las fallas, las ausencias y las injusticias— es el punto de partida legítimo del aprendizaje.

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El SNGRD: qué es, qué lo diferencia del sistema anterior

Tres palabras en esa definición cambian radicalmente la posición de las comunidades respecto al sistema anterior (Decreto 919 de 1988): "entidades comunitarias". Por primera vez en la historia normativa de Colombia, las organizaciones comunitarias no son destinatarias de la gestión del riesgo: son parte constitutiva del sistema. No están fuera esperando la ayuda; están dentro, con derechos y responsabilidades definidas por la ley.

El contraste con el sistema anterior es estructural:

DimensiónDecreto 919/1988 (sistema anterior)Ley 1523/2012 (sistema actual)
EnfoqueReactivo: atención de emergencias después del desastreProspectivo y correctivo: gestión permanente antes, durante y después
Rol de la comunidadVíctima y beneficiaria pasiva de la ayuda estatalActora del sistema con derechos y responsabilidades exigibles
ParticipaciónNo contemplada normativamenteObligación legal del Estado facilitarla y promoverla (Art. 3.5)
Conocimiento localIgnorado en la planificación formalReconocido como legítimo (principio de diversidad cultural, Art. 3.6)
PlanificaciónPlanes de contingencia reactivosPMGRD vinculante articulado con el Plan de Desarrollo (Art. 37–40)
ResponsabilidadExclusivamente estatalCorresponsabilidad Estado + privados + comunidades (Art. 2°)
Gestión financieraFondos de emergencia discrecionalesFondos territoriales de GRD de destinación específica (Art. 51–53)

Este cambio de paradigma tiene implicaciones prácticas inmediatas. Cuando el Estado incumple con la gestión del riesgo bajo la Ley 1523, no está cometiendo solo una falla administrativa: está violando derechos exigibles, incluyendo el derecho a la vida (Art. 11 C.P.), el derecho a la seguridad (Art. 2 C.P.) y el principio de oportuna información (Art. 3.15 Ley 1523). La Corte Constitucional ha ratificado esta interpretación en múltiples sentencias, entre ellas la T-666 de 2015 y la T-123 de 2019, que establecen la responsabilidad estatal ante riesgos previsibles no atendidos.

Ley 1523/2012 · Artículo 2° — Ámbito de responsabilidad

"La gestión del riesgo de desastres es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano. En cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades públicas, privadas y comunitarias desarrollarán y ejecutarán los procesos de gestión del riesgo, entiéndase: conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres, en el marco de sus competencias, su ámbito de actuación y su jurisdicción, como componentes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres."

La corresponsabilidad no significa responsabilidades iguales. El Estado tiene obligaciones constitucionales y presupuestales mucho más fuertes que las de los particulares. La comunidad no puede ser usada como excusa para que el Estado se desentienda de sus deberes. Lo que sí significa es que las comunidades organizadas tienen el derecho y el deber de participar activamente, monitorear y exigir que el sistema funcione.

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La arquitectura institucional: la escalera de exigencia

El SNGRD está organizado en cuatro niveles territoriales articulados entre sí. La lógica es de subsidiariedad (Principio 14, Art. 3°): cuando un nivel no tiene capacidad para responder, el nivel superior debe acudir en su auxilio. Esto crea una escalera de exigencia que la comunidad puede usar cuando el nivel más cercano falla.

Nivel nacional — Rector y coordinador del sistema
🏛️
CNGRD · Art. 16 Ley 1523
Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo
Máximo organismo del SNGRD. Presidido por el Presidente de la República. Define la política nacional de GRD, aprueba el Plan Nacional de GRD y coordina los ministerios con responsabilidades en el sistema.
Competencia clave: define la política y los recursos nacionales para GRD.
Nivel nacional — Entidad ejecutora y rectora técnica
⚙️
UNGRD · Art. 18 Ley 1523
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Entidad ejecutora del SNGRD. Adscrita a la Presidencia. Coordina la respuesta a desastres de nivel nacional, gestiona el Fondo Nacional de GRD, desarrolla las guías técnicas del sistema y apoya a los territorios con capacidad limitada. Interviene directamente cuando el nivel departamental y municipal superan su capacidad.
Competencia clave: intervención en desastres nacionales, recursos del Fondo Nacional, lineamientos técnicos del PMGRD.
Nivel departamental — Coordinación y apoyo territorial
🗺️
CDGRD · Art. 14 Ley 1523
Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo
Presidido por el Gobernador. Articula la GRD en el territorio departamental. Apoya financiera y técnicamente a los municipios con menor capacidad. Gestiona el Fondo Departamental de GRD. Coordina emergencias de alcance supramunicipal. En la Costa Caribe: Gobernaciones de Atlántico, Bolívar, Córdoba, Sucre, Magdalena, Cesar y La Guajira.
Competencia clave: cuando el municipio no responde o no tiene capacidad, se escala al departamento. El CDGRD debe apoyar sin reemplazar la responsabilidad municipal.
Nivel municipal — El nivel más cercano a la comunidad (CRÍTICO)
🏘️
CMGRD · Art. 14 Ley 1523
Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres
Presidido por el Alcalde. Es la instancia donde la comunidad puede participar directamente. Elabora y hace seguimiento al PMGRD. Puede recomendar la declaratoria de calamidad pública. Debe incluir representantes de organizaciones comunitarias. Es el primer interlocutor institucional de la comunidad organizada y el nivel donde la mayoría de las exigencias deben iniciarse.
Competencia clave: primera instancia de planificación, ejecución y seguimiento de la GRD local. Todo empieza aquí.
Nivel comunitario — Parte constitutiva del sistema (no beneficiaria pasiva)
🤝
Art. 2° y Art. 3.5 · Ley 1523
Comunidad Organizada — Actora del SNGRD
JAC, asociaciones de mujeres, organizaciones étnicas, grupos de jóvenes, veedurías ciudadanas. Tienen el derecho a participar en el CMGRD, a construir el PCGR, a ejercer veeduría sobre el PMGRD y a usar los mecanismos jurídicos cuando el sistema falla. El Art. 3.5 establece que el Estado tiene el deber de reconocer, facilitar y promover esa participación. Si no lo hace, hay un incumplimiento legal exigible.
Competencia clave: participar, exigir, monitorear y documentar. La comunidad organizada es el actor con mayor conocimiento del riesgo real y menor poder institucional. Este programa existe para cerrar esa brecha.

La arquitectura no es rígidamente piramidal en la práctica: los niveles pueden y deben activarse simultáneamente. Cuando el municipio no responde, la comunidad puede ir directamente al departamento y a la UNGRD sin esperar al municipio. El principio de subsidiariedad (Art. 3.14) garantiza que el nivel superior acuda cuando el inferior falla. Conocer esto convierte la burocracia en una herramienta.

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El CMGRD por dentro: composición, funciones y cómo entrar

El Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres es el espacio institucional más accesible para la incidencia comunitaria directa. La Ley 1523 (Art. 14 y 28) define su composición, sus funciones y su periodicidad. Conocer cada uno de esos elementos permite saber exactamente qué exigir, cuándo y cómo.

Las palabras "entidades comunitarias" en el Art. 28 son la puerta de entrada legal. Una JAC, una asociación de mujeres, una organización étnica o una veeduría ciudadana puede solicitar formalmente ser reconocida como integrante del CMGRD. Esa solicitud se hace mediante derecho de petición dirigido al alcalde, con fundamento en el Art. 28 de la Ley 1523 y el principio participativo del Art. 3.5.

Integrante del CMGRDFunción principal en el consejoQué puede exigirle la comunidad
Alcalde (Preside)Convoca y preside el CMGRD. Toma decisiones ejecutivas sobre GRD municipal. Único que puede declarar calamidad pública municipal. Responde por el cumplimiento del PMGRD ante la Procuraduría.Convocatorias periódicas mínimo cuatrimestrales. Rendición de cuentas pública sobre el PMGRD. Inclusión de la comunidad en el proceso de actualización del plan. Declaratoria de calamidad ante riesgo inminente documentado.
Coordinador Municipal de GRDSecretaría técnica permanente del CMGRD. Punto de contacto operativo. Gestiona la información técnica del riesgo municipal. Coordina la respuesta a emergencias.Acceso a estudios de amenaza del municipio. Información sobre el estado de ejecución del PMGRD. Inclusión del diagnóstico comunitario del riesgo en los archivos técnicos del municipio.
Secretarías municipales (Planeación, Salud, Obras, Educación)Ejecutan las acciones de GRD en su área sectorial. Aportan técnicamente al PMGRD. Responden por la incorporación de la GRD en sus planes de acción y presupuestos.Incorporación de la GRD en el Plan de Desarrollo Municipal. Presupuesto específico para obras de mitigación. Protocolos de atención humanitaria coordinados con el sector salud. Currículos escolares con formación en GRD.
Cruz Roja Colombiana, Defensa Civil, Cuerpo de BomberosOrganismos de socorro. Primera respuesta a emergencias. Capacitación comunitaria en primeros auxilios, evacuación y manejo de emergencias. Apoyo logístico en desastres.Capacitaciones gratuitas en primeros auxilios y evacuación para la comunidad. Simulacros participativos anuales. Apoyo para la conformación de brigadas comunitarias de primera respuesta.
Corporación Autónoma Regional (CAR)Información técnica sobre amenazas naturales y ambientales. Concepto sobre proyectos en zonas de riesgo. Monitoreo de ecosistemas. Autoridad ambiental con competencias en GRD.Estudios de amenaza ambiental para el territorio. Restricción de actividades que aumenten el riesgo (deforestación, ocupación de rondas hídricas). Información sobre calidad del agua y riesgo de inundación.
IDEAM, SGC, IGAC (adscritos al nivel nacional)Producen información técnica sobre amenazas: pronósticos meteorológicos (IDEAM), amenaza sísmica y geológica (SGC), cartografía de riesgo (IGAC). Esa información es pública.Acceso gratuito a sus productos técnicos. Alertas tempranas hidrometeorológicas accesibles a la comunidad. Información cartográfica sobre zonas de riesgo en el municipio.
Representantes comunitarios y del sector privadoLlevan la voz de las comunidades al CMGRD. Participan en la construcción y seguimiento del PMGRD. Aportan el conocimiento local del riesgo al proceso formal de planificación.Ser convocados con anticipación suficiente para preparar insumos. Que sus aportes sean documentados en actas. Que el PCGR comunitario sea reconocido como insumo del PMGRD municipal.
Ley 1523/2012 · Artículo 14 — Funciones de los Consejos Territoriales

"Los consejos territoriales de gestión del riesgo son instancias de coordinación, asesoría, planeación e implementación de los procesos de gestión del riesgo en el territorio que les compete. Deberán reunirse por lo menos cada tres meses en forma ordinaria y cuando las circunstancias lo requieran."

Si el CMGRD de tu municipio no se ha reunido en más de tres meses sin justificación de emergencia, hay un incumplimiento legal concreto del Art. 14. Ese incumplimiento puede reportarse a la Procuraduría General de la Nación mediante queja disciplinaria, que es uno de los mecanismos más efectivos para activar la institucionalidad sin necesidad de tutela.

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Cómo entra la comunidad al sistema: seis caminos concretos

La Ley 1523 no solo permite la participación comunitaria: la demanda como obligación del Estado. El Art. 3.5 (Principio participativo) establece que es deber de las autoridades "reconocer, facilitar y promover la organización y participación de comunidades étnicas, asociaciones cívicas, comunitarias, vecinales, benéficas, de voluntariado y de utilidad común". Si el Estado no lo hace, está incumpliendo un principio vinculante de la ley. Hay seis caminos prácticos para ejercer esa participación:

Camino 1 · Art. 28 Ley 1523
Solicitar integración formal al CMGRD

Cualquier organización comunitaria legalmente constituida —JAC, asociación de mujeres, organización étnica, veeduría— puede solicitar formalmente al alcalde ser reconocida como integrante del CMGRD. La solicitud es un derecho de petición (respuesta en 15 días hábiles) citando el Art. 28 de la Ley 1523. Si el alcalde niega sin justificación, hay base para tutela por violación del principio participativo.

Camino 2 · Art. 37–40 Ley 1523
Participar en la construcción del PMGRD

Cuando el municipio actualiza su Plan Municipal de GRD —obligatoriamente al inicio de cada gobierno y tras eventos de desastre— la comunidad tiene derecho a ser convocada. Si el proceso se hace a puerta cerrada sin participación comunitaria, viola el principio participativo (Art. 3.5) y el carácter "social" del proceso de GRD (Art. 1° y Art. 4° definición 17). El PMGRD elaborado sin participación puede impugnarse ante la Procuraduría.

Camino 3 · Ley 850/2003
Conformar una veeduría ciudadana al PMGRD

La Ley 850 de 2003 permite a cualquier ciudadano colombiano conformar una veeduría para hacer seguimiento a programas y proyectos del Estado. Una veeduría al PMGRD puede solicitar información sobre ejecución presupuestal, asistir a sesiones del CMGRD, presentar informes a la Contraloría y la Procuraduría, y publicar sus hallazgos. Es una herramienta de control social de bajo costo y alta legitimidad.

Camino 4 · Art. 3.15 + Ley 1437/2011
Usar el derecho de petición para acceder a información

Todo ciudadano puede solicitar información pública sobre el riesgo en su territorio: estudios de amenaza, estado del PMGRD, presupuesto ejecutado en GRD, actas del CMGRD. El plazo de respuesta es 15 días hábiles. Si no responden, hay silencio administrativo negativo y base para tutela por violación del principio de oportuna información (Art. 3.15 Ley 1523). Esta información es insumo para la exigencia pública.

Camino 5 · Art. 3.5 + IAP
Construir el Plan Comunitario de GRD (PCGR)

El PCGR es el instrumento donde la comunidad documenta su propio conocimiento del riesgo, define sus prioridades de gestión y establece sus capacidades de respuesta. Cuando está bien construido y documentado, tiene legitimidad técnica para ser presentado ante el CMGRD como insumo del PMGRD. Los Módulos 04 al 11 construyen cada componente del PCGR. El Módulo 11 integra todo en el plan final.

Camino 6 · Art. 86 C.P. · Ley 472/1998
Acciones jurídicas: tutela y acciones populares

Cuando el sistema falla y los mecanismos administrativos se agotan, la Constitución ofrece dos herramientas poderosas: la tutela (Art. 86 C.P.) para proteger derechos fundamentales ante riesgo inminente —vida, salud, integridad— y la acción popular (Ley 472/1998) para proteger derechos colectivos —salubridad pública, seguridad, ambiente sano. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha amparado comunidades en riesgo ante omisión institucional en múltiples fallos (T-666/2015, T-123/2019, T-218/2021).

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El sistema no llega igual a todos: enfoque diferencial en el SNGRD

El principio de igualdad (Art. 3.1 Ley 1523) establece que todas las personas recibirán la misma ayuda y el mismo trato. Pero la realidad del funcionamiento del SNGRD en la Costa Caribe colombiana muestra brechas sistemáticas: el sistema llega antes, con más recursos y con mejor calidad a los sectores de mayores ingresos, a las poblaciones con más visibilidad política y a los grupos con mayor capacidad de exigencia organizada. El enfoque diferencial es el reconocimiento de esas brechas y el compromiso de cerrarlas.

Enfoque diferencial transversal · Art. 3.1 y Art. 3.6 · Ley 1523/2012
👩 Enfoque de género

Las mujeres —especialmente jefas de hogar— asumen la mayor carga en la preparación, respuesta y recuperación familiar ante desastres, pero son excluidas sistemáticamente de los espacios de toma de decisiones del CMGRD. La participación paritaria en estos espacios no es solo un valor: es un mandato del Art. 3.1 (igualdad) y del marco de género del Sistema Nacional.

🌿 Pueblos étnicos

Las comunidades afrodescendientes e indígenas de la Costa Caribe tienen saberes ancestrales sobre el comportamiento del territorio (señales del agua, bioindicadores, ciclos del clima) que el sistema formal ignora. El Art. 3.6 obliga a que el SNGRD sea respetuoso de las particularidades culturales y aproveche sus recursos. La consulta previa (Convenio 169 OIT) aplica en decisiones de GRD que afecten territorios étnicos.

🧒 Niñez y adolescencia

La infancia tiene vulnerabilidad específica ante amenazas (menos movilidad, mayor impacto psicológico del desastre, dependencia de adultos para evacuar). Los planes de evacuación y los sistemas de alerta temprana deben incluir protocolos específicos para entornos escolares y comunidades con alta concentración de niñez, especialmente en zonas rurales dispersas de la Costa Caribe.

🧓 Personas mayores

Concentran mayor vulnerabilidad física pero también son portadoras insustituibles de la memoria histórica del riesgo territorial: recuerdan inundaciones de hace 40 años, conocen los ciclos del río, identifican señales que los jóvenes ya no leen. El SNGRD debe incorporar su conocimiento activamente y garantizar su evacuación prioritaria en planes de contingencia.

♿ Discapacidad

Las personas con discapacidad motriz, visual, auditiva o cognitiva enfrentan barreras adicionales en todos los procesos de GRD: sistemas de alerta que no son accesibles, rutas de evacuación sin adaptación, información que no llega en formatos alternativos. Los PMGRD deben incluir diagnóstico de discapacidad y protocolos de evacuación inclusivos. Si no lo hacen, violan el Art. 3.1.

🛫 Migrantes y desplazados

La Costa Caribe tiene alta concentración de población venezolana migrante y colombiana en situación de desplazamiento forzado, especialmente en Barranquilla, Santa Marta y Cartagena. Esta población ocupa frecuentemente zonas de alto riesgo (laderas, rondas de caños) y enfrenta barreras adicionales para acceder a la atención humanitaria. El Art. 3.1 garantiza la misma ayuda independientemente del estatus migratorio.

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Actividades participativas

Actividad 1 · Sesión 1 · Cartografía Institucional Participativa
Mapeando el sistema desde nuestra experiencia: ¿quién llegó y quién no llegó?
55 minutos
Propósito pedagógico: La comunidad reconstruye de forma participativa su mapa real del sistema institucional de GRD basado en la experiencia vivida, no en el organigrama oficial. Este contraste entre lo que la ley dice y lo que ocurrió en la práctica es el motor del aprendizaje crítico.
Papel kraft 1×1.5m Tarjetas de colores Marcadores gruesos Cinta de enmascarar Post-its
  1. En la pared, fijar el papel kraft. Escribir el nombre de la comunidad en el centro. Pedir al grupo que nombre todos los eventos de riesgo o desastre que recuerden (últimos 10–20 años). Cada evento en una tarjeta, pegada en orden cronológico alrededor del centro.
  2. Para cada evento identificado: ¿qué instituciones llegaron? Se escribe el nombre de cada institución en una tarjeta de diferente color. Verde: llegó rápido y bien. Amarillo: llegó tarde o incompleto. Rojo: no llegó o llegó mal. Se pegan alrededor del evento correspondiente.
  3. El facilitador introduce el esquema del SNGRD (los cuatro niveles) y lo pega en un espacio separado del papel. El grupo contrasta: ¿hay instituciones en el esquema que nunca aparecieron en los eventos de la comunidad? ¿Hay instituciones que llegaron y no estaban en el esquema? ¿Cuáles son las más ausentes en la práctica pero más importantes según la ley?
  4. Identificación colectiva de tres datos concretos: (a) ¿cuál institución tiene la mayor brecha entre lo que debe hacer según la ley y lo que hizo en la práctica? (b) ¿cuál fue la más efectiva? (c) ¿qué institución nunca ha sido activada por la comunidad y podría ser un aliado no explorado?
  5. Cierre con pregunta estratégica: "Si nuestra comunidad pudiera enviar un representante a una sola reunión institucional en el próximo mes, ¿a cuál iría y qué llevaría documentado para presentar?" Esta pregunta anticipa la Actividad 3.
Nota para el/la facilitador/a

Es probable que surjan relatos de ausencia institucional en los momentos más críticos —especialmente en comunidades rurales y periféricas de la Costa Caribe. No invalide esos relatos ni los use para generalizar sobre la inutilidad del sistema: son información valiosa sobre el funcionamiento real del SNGRD. El objetivo es transformar la indignación válida en acción organizada, no en parálisis. Documente fotográficamente el mapa resultante: es un producto comunitario con valor más allá de la sesión.

Actividad 2 · Sesión 1 · Cadena de Exigencia (Juego de Roles)
¿A quién escalo cuando el primero no responde? La cadena de subsidiariedad en acción
45 minutos
Propósito pedagógico: Los participantes practican el principio de subsidiariedad (Art. 3.14) de forma vivencial: aprenden a construir una cadena de exigencia progresiva ante un escenario concreto de riesgo no atendido por el nivel municipal.
Tarjetas con escenarios (3 versiones) Tarjetas con roles institucionales Reloj visible
  1. Dividir en tres subgrupos. Cada uno recibe un escenario diferente: Escenario A: "El caño que atraviesa el barrio lleva tres años taponado. Cada invierno se desborda y 40 familias pierden sus enseres. Se presentaron dos derechos de petición a la alcaldía. No respondieron." Escenario B: "Un cerro al borde del corregimiento presenta grietas visibles desde hace seis meses tras las lluvias. La comunidad lo reportó al coordinador de GRD municipal. Le dijeron que 'lo iban a revisar'. Han pasado tres meses sin respuesta." Escenario C: "Una empresa constructora está levantando un conjunto habitacional en una zona que la comunidad sabe que se inunda. No existe ningún estudio de amenaza publicado para esa zona."
  2. Cada subgrupo construye su cadena de exigencia: (1) Primera acción con fundamento legal citado exactamente. (2) Plazo de respuesta esperado. (3) Si no responden: segunda acción, segunda instancia. (4) Si tampoco: tercera instancia. (5) Evidencia que necesitarían recoger en cada paso.
  3. Presentación en plenaria. El facilitador complementa con la información jurídica precisa sobre cada mecanismo disponible: derecho de petición, queja ante Procuraduría, tutela, acción popular. Conecta con el Módulo 15 (Exigibilidad Jurídica) que desarrollará esto en profundidad.
  4. Reflexión final: ¿Cuál de los tres escenarios se parece más a una situación real de su comunidad? ¿Qué ha hecho la comunidad hasta ahora? ¿Qué faltaría hacer?
Nota para el/la facilitador/a

El subgrupo del Escenario C (construcción en zona de riesgo) tiende a generar la mayor energía porque involucra intereses económicos privados en conflicto con la seguridad comunitaria. Permita la discusión pero condúzcala hacia los mecanismos legales disponibles: denuncia ante Planeación Municipal, concepto de la CAR, acción popular. Evite que la sesión derive en debate político sobre empresas específicas sin el marco de derechos que la sostenga.

Actividad 3 · Sesión 2 · Simulación del CMGRD
Yo soy el representante comunitario en el Consejo Municipal: preparar la intervención
60 minutos
Propósito pedagógico: Experiencia de primera persona en el espacio institucional más relevante para la comunidad. Desarrollar habilidades de argumentación con fundamento normativo, presentación de evidencia y negociación en espacios de poder desiguales. Esta actividad es deliberadamente incómoda para simular la incomodidad real del espacio institucional.
Tarjetas con roles (alcalde, coord. GRD, secretarías, Cruz Roja, CAR, representantes comunitarios) Agenda simulada del CMGRD Mapa comunitario de la Actividad 1 Espacio organizado como mesa de reunión
  1. El facilitador distribuye roles. El tema de la sesión simulada del CMGRD: "Priorización de acciones del PMGRD para el próximo año con presupuesto limitado". Hay tres solicitudes comunitarias en competencia: (a) limpieza del caño del barrio A, (b) estudio de estabilidad del cerro del corregimiento B, (c) sistema de alerta temprana para el río C. Solo hay presupuesto aprobado para una acción.
  2. Los representantes comunitarios tienen 8 minutos para preparar su argumentación: qué van a pedir, con qué evidencia, qué artículos de la ley van a citar, cómo van a responder si les dicen que no hay presupuesto.
  3. Se desarrolla la sesión simulada (25–30 minutos). El facilitador observa y toma notas. No interviene en el juego de roles salvo para moderar si el tiempo se agota.
  4. Reflexión post-simulación (15 minutos): ¿Se les dio la palabra con el mismo peso que a los funcionarios? ¿Sus argumentos con base legal fueron tomados en cuenta? ¿Qué estrategias funcionaron? ¿Qué habría que cambiar? ¿Qué información necesitarían haber llevado documentada para fortalecer su posición?
  5. El facilitador cierra conectando con los pasos concretos para solicitar participación en el CMGRD real del municipio y los compromisos individuales del grupo.
Nota para el/la facilitador/a

Esta actividad puede revelar que participar en espacios institucionales requiere habilidades muy específicas: hablar el lenguaje técnico-legal sin perder la voz comunitaria, mantener la posición bajo presión, documentar en tiempo real, negociar sin ceder en lo fundamental. Esas habilidades no se adquieren leyendo la ley: se desarrollan practicando. Identifique en el grupo quiénes tienen más facilidad para ese rol y quiénes pueden apoyar desde la documentación y la preparación de insumos. La representación comunitaria ante el CMGRD debe ser un trabajo colectivo con roles diferenciados, no el esfuerzo heroico de una sola persona.

Reflexión Final · Módulo 01
¿Qué me llevo de este módulo?
Estas preguntas no evalúan memorización: evalúan comprensión aplicada. No hay respuestas correctas o incorrectas. Son un espacio para organizar el pensamiento y conectar lo aprendido con la realidad concreta de tu comunidad. Puedes guardarlas como PDF usando el botón de abajo.
Pregunta 01 de 05
Antes de este módulo, ¿cómo entendías el papel de tu comunidad frente al sistema de gestión del riesgo? ¿Víctima, beneficiaria, actora, otra cosa? ¿Qué cambió —o se confirmó— después de explorar la Ley 1523?
La autopercepción del rol comunitario determina la calidad de la participación. Este es el cambio más fundamental que el programa busca producir.
Pregunta 02 de 05
¿Tu municipio tiene un CMGRD activo? ¿Se reúne regularmente? ¿Tu organización comunitaria ha sido convocada alguna vez? Si el CMGRD no funciona bien en tu municipio, ¿qué artículo de la Ley 1523 se está incumpliendo y qué mecanismo usarías para exigir su corrección?
La respuesta a esta pregunta requiere investigación concreta sobre el municipio específico. Ese proceso de investigar la realidad institucional local es parte del aprendizaje.
Pregunta 03 de 05
Pensando en el enfoque diferencial: ¿hay grupos de tu comunidad que han recibido peor atención del sistema de gestión del riesgo que otros? ¿Puedes identificar el patrón? ¿Qué principio de la Ley 1523 ampara la exigencia de igualdad de trato?
El enfoque diferencial no es una abstracción académica: tiene manifestaciones concretas y cotidianas que la comunidad puede identificar con precisión.
Pregunta 04 de 05
Si mañana hubiera una sesión del CMGRD de tu municipio y tu organización comunitaria pudiera participar, ¿cuáles son los tres problemas de riesgo más urgentes que plantearías? ¿Con qué evidencia los respaldarías y qué artículos de la Ley 1523 citarías?
Esta pregunta conecta el conocimiento institucional con el conocimiento territorial de tu comunidad. El módulo siguiente (Territorio Caribe) profundizará en ese conocimiento territorial.
Pregunta 05 de 05
¿Cuál es el primer paso concreto —esta semana, con los recursos disponibles— que puedes dar para que tu comunidad sea más visible y más influyente dentro del sistema de gestión del riesgo de tu municipio?
El aprendizaje que no se convierte en acción se queda en el papel. La especificidad importa: no "organizarnos" sino "llamar al coordinador de GRD el martes para pedir la agenda del próximo CMGRD".
Estas reflexiones son personales. Solo tú decides qué compartir con el grupo.
Se abrirá el diálogo de impresión. Selecciona "Guardar como PDF".
Propósito pedagógico central del módulo

El Módulo 01 hace la transición del "yo tengo derechos" (Módulo 00) al "yo sé exactamente a quién exigírselos, por qué escalera y con qué herramientas" (Módulo 01). El conocimiento del sistema institucional no es un fin en sí mismo: es un instrumento de poder ciudadano. El resultado pedagógico no es que los participantes memoricen el organigrama del SNGRD, sino que salgan con al menos una acción concreta identificada para conectarse con el sistema en su municipio específico.

El módulo tiene un doble movimiento deliberado: primero, legitimar la desconfianza fundada que muchas comunidades tienen hacia las instituciones (basada en experiencias reales de abandono); segundo, transformar esa desconfianza en estrategia de participación e incidencia. Sin el primer movimiento, el segundo parece ingenuo. Sin el segundo, el primero es paralizante.

Perfil diferencial de participantes
  • Líderes JAC y organizaciones comunitarias consolidadas: Tienen experiencia de negociación con la alcaldía pero posiblemente sin marco legal preciso. Necesitan articular lo que ya hacen con los artículos exactos de la Ley 1523 que los respaldan. Son los más aptos para liderar la solicitud de integración al CMGRD.
  • Mujeres líderes comunitarias: Frecuentemente excluidas de los espacios formales del CMGRD a pesar de ser las principales gestoras de la respuesta familiar y comunitaria. El módulo debe visibilizar esa exclusión como violación del Art. 3.1 y ofrecer estrategias concretas para revertirla. La Actividad 3 (simulación del CMGRD) debe incluir representación femenina en los roles de mayor influencia.
  • Líderes de comunidades étnicas (afrodescendientes e indígenas): La consulta previa (Convenio 169 OIT) y el principio de diversidad cultural (Art. 3.6) son herramientas adicionales a las del resto de la población. Identificar participantes de estas comunidades para que la sesión reconozca explícitamente esas herramientas diferenciales.
  • Jóvenes: Mayor apertura al marco de derechos y a las tecnologías de documentación (WhatsApp, redes sociales, fotografía), pero menor experiencia directa con eventos de riesgo. Aprovechar esas capacidades para el rol de documentación y comunicación en el CMGRD.
  • Personas mayores: Portadoras de la memoria histórica del riesgo en el territorio. Clave en la Actividad 1 (cartografía institucional). Proteger el espacio para que sus relatos sean reconocidos como evidencia válida ante el CMGRD.
Estrategias metodológicas clave
  • Antes de la primera sesión, investigue el estado real del CMGRD del municipio: ¿existe? ¿se reúne? ¿cuándo fue la última sesión? ¿quién es el coordinador? ¿está el PMGRD actualizado? Esta información transforma el módulo de general a específico y multiplica su utilidad práctica.
  • La Actividad 1 (cartografía institucional) funciona mejor cuando el facilitador no interviene en el proceso de construcción del mapa sino que lo observa activamente. El mapa que produce la comunidad desde su experiencia es más valioso pedagógicamente que cualquier esquema que el facilitador presentara desde el principio.
  • Cuando cite artículos de la Ley 1523, haga siempre la doble operación: primero el artículo exacto con su número, luego la traducción al lenguaje cotidiano. El artículo da legitimidad jurídica; la traducción da utilidad práctica. Ninguno de los dos funciona solo.
  • La Actividad 3 (simulación del CMGRD) puede generar humor, caos y energía. No la interrumpa: ese dinamismo es parte del aprendizaje. El caos de la simulación es mucho menos costoso que el caos real de llegar sin preparación a un CMGRD institucional.
  • Cierre cada sesión con compromisos individuales nombrados en voz alta. La promesa pública tiene un efecto documentado en el seguimiento de compromisos. Anote los compromisos y haga seguimiento al inicio del siguiente módulo.
Tensiones pedagógicas críticas y cómo manejarlas

Desconfianza institucional profunda: Muchas comunidades de la Costa Caribe han vivido décadas de abandono institucional ante eventos de desastre. Esa desconfianza es políticamente correcta y normativamente fundada. No invalide ese resentimiento intentando defender al Estado. Encáucela con precisión: "Precisamente porque el sistema ha fallado sistemáticamente, necesitamos entrar en él con estrategia, documentar cada falla y usar los mecanismos legales que existen para exigir. La rabia sin estrategia no cambia nada; la rabia organizada y documentada sí."

Complejidad del esquema institucional: El SNGRD tiene muchos actores. Algunos participantes pueden sentirse abrumados. Simplifique sin perder precisión: "Para el 90% de las situaciones de riesgo que enfrenta una comunidad, hay un solo interlocutor inicial: el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo. Todo lo demás es el escalamiento cuando ese nivel falla o no tiene capacidad. Empecemos por ahí."

CMGRD inactivo o disfuncional: En muchos municipios de la Costa Caribe el CMGRD no funciona o se reúne solo en emergencias. Si este es el caso en el contexto donde facilita, conviértalo en oportunidad pedagógica: ¿qué mecanismo existe para exigir que funcione? (queja ante Procuraduría). ¿Quién es responsable de su convocatoria? (el alcalde, Art. 14). ¿Qué pasa si el alcalde no lo convoca en tres meses? (incumplimiento legal documentable). La disfunción institucional, bien analizada, enseña más sobre la ley que el funcionamiento correcto.

Participantes con pérdidas recientes en desastres: Si hay personas que perdieron familiares, viviendas o medios de vida en eventos recientes, el módulo puede despertar duelo activo. Tenga sensibilidad. El reconocimiento colectivo de esa pérdida —antes de avanzar hacia el conocimiento institucional— es pedagógicamente necesario. No apresure el proceso. El duelo no atendido bloquea el aprendizaje; el duelo reconocido lo potencia.

Materiales de apoyo y fuentes de información
  • Ley 1523 de 2012 completa (disponible en: portal.gestiondelriesgo.gov.co)
  • PMGRD del municipio (solicitar a la alcaldía o buscar en ungrd.gov.co)
  • Guía para la formulación del PMGRD — UNGRD (descargable en portal UNGRD)
  • Sentencias clave: T-666/2015, T-123/2019, T-218/2021 (Corte Constitucional)
  • Directorio de organismos de socorro del municipio (Defensa Civil, Cruz Roja local, Bomberos)
  • Información del CMGRD: actas de sesiones recientes (solicitables mediante derecho de petición)
Tránsito al Módulo 02

Al cerrar el Módulo 01, los participantes conocen el sistema y saben cómo entrar en él. La pregunta que abre el Módulo 02 es: "Ya sé que hay un sistema y cómo participar en él. Ahora necesito entender a fondo el territorio específico donde vivo: cuál es la historia de sus riesgos, qué amenazas lo definen, cómo el cambio climático está transformando esas amenazas y qué saberes ancestrales tiene mi comunidad para leerlas." El Módulo 02 es la respuesta a esa pregunta desde el territorio concreto de la Costa Caribe colombiana.

La pregunta puente que puede dejar planteada al cerrar: "Acabamos de conocer el sistema. Ahora vamos a conocer profundamente el territorio que ese sistema debe proteger. ¿Cuántos de ustedes sienten que el municipio conoce realmente el territorio de su comunidad —sus riesgos específicos, sus vulnerabilidades, sus capacidades? Vamos a trabajar en eso."