Un programa de formación popular, participativo y contextualizado, construido desde y para las comunidades de la Costa Caribe colombiana. Basado en la Ley 1523 de 2012 y en el conocimiento ancestral del territorio.
La Ley 1523 del 24 de abril de 2012 adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). Esta ley nos reconoce a todos —incluidas las comunidades— como corresponsables y sujetos de derechos en la gestión del riesgo. Supera el viejo modelo reactivo de "atención de desastres" y nos sitúa en una visión preventiva, prospectiva y de derechos humanos.
Proceso de identificación de escenarios de riesgo, análisis, evaluación, monitoreo y comunicación del riesgo. Incluye la generación de información sobre amenazas, exposición, vulnerabilidad y capacidades. Las comunidades son productoras de conocimiento legítimo del riesgo.
Proceso orientado a la intervención de las condiciones generadoras de riesgo. Incluye la intervención prospectiva (nuevos escenarios), correctiva (riesgo existente) y la protección financiera. Las comunidades tienen derecho a exigir obras de mitigación y medidas de reducción.
Proceso de preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción. Comprende la planeación de la respuesta, la ejecución de dicha respuesta y el proceso posterior de recuperación. Las comunidades son el primer respondiente y tienen derechos específicos en la atención humanitaria.
Conjunto de entidades públicas, privadas y comunitarias. El Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo (CMGRD) incluye representantes del sector privado y comunitario. Las JAC, organizaciones sociales y comunidades étnicas tienen representación garantizada por la ley.
La Ley 1523 establece principios que son vinculantes para todas las autoridades y que las comunidades pueden invocar para exigir sus derechos. Conocerlos es empoderase. Haz clic en cada principio para entender cómo te aplica.
Todas las personas naturales tendrán la misma ayuda y el mismo trato en la atención humanitaria. Nadie puede ser discriminado por su condición social, étnica, de género o de discapacidad. Permite exigir trato igualitario en la respuesta a emergencias.
Las autoridades deben proteger la vida, la integridad física y mental, los bienes y los derechos colectivos a la seguridad, la tranquilidad y la salubridad públicas. Es la base para exigir prevención antes de que ocurran los desastres.
Toda persona natural o jurídica debe apoyar con acciones humanitarias en situaciones de desastre. Fundamenta la organización comunitaria de socorro mutuo y las redes de apoyo entre vecinos y barrios.
Toda persona natural o jurídica tiene el deber de adoptar las medidas necesarias para una adecuada gestión del riesgo en su ámbito personal y profesional. Pero este deber no puede usarse para eximir al Estado de su responsabilidad frente a comunidades vulnerables.
Es deber de las autoridades reconocer, facilitar y promover la organización y participación de comunidades étnicas, asociaciones cívicas, comunitarias y vecinales. Es deber de todas las personas hacer parte del proceso de gestión del riesgo en su comunidad. Este principio es exigible judicialmente.
Los procesos de gestión del riesgo deben ser respetuosos de las particularidades culturales de cada comunidad y aprovechar al máximo sus recursos culturales. Funda el reconocimiento del saber ancestral, las prácticas locales y el conocimiento autóctono del territorio.
En toda situación de riesgo, el interés público prevalece sobre el interés particular. Esto incluye el derecho de las comunidades a exigir que los intereses económicos privados no generen condiciones de riesgo para la población.
Cuando exista la posibilidad de daños graves e irreversibles por falta de conocimiento científico pleno, las autoridades y los particulares deben adoptar medidas de protección. Las comunidades pueden invocar este principio para exigir acción antes de que ocurra el desastre.
El desarrollo es sostenible cuando satisface las necesidades del presente sin comprometer las futuras generaciones. La gestión del riesgo debe estar articulada con la conservación ambiental y la adaptación al cambio climático.
La gestión del riesgo evoluciona progresivamente según las capacidades de los actores. Sin embargo, este principio no puede ser usado para justificar inacción o demora indefinida ante situaciones de riesgo inminente para las comunidades.
La gestión del riesgo se basa en la actuación articulada de las entidades que conforman el sistema nacional. La comunidad es parte del sistema, no su destinataria pasiva. Tiene voz y voto en los consejos territoriales.
La actuación integrada de entidades estatales, privadas y comunitarias busca garantizar armonía en el ejercicio de funciones y el logro de los fines del SNGRD. Las comunidades pueden articularse con múltiples entidades simultáneamente.
Cuando la eficacia se logra mediante unión de esfuerzos, la acción puede ser concurrente entre entidades nacionales, territoriales y comunitarias. Esto permite que las organizaciones comunitarias actúen junto con el Estado sin jerarquías restrictivas.
Cuando una entidad no pueda atender una situación, la entidad de nivel superior debe acudir en su auxilio. Las comunidades pueden escalar sus demandas desde el municipio al departamento y a la nación cuando no son atendidas localmente.
Las comunidades tienen derecho a recibir información oportuna y veraz sobre los riesgos que les afectan y las medidas de protección. Los sistemas de alerta temprana son una obligación, no una dádiva. Las comunidades pueden exigir información pública sobre riesgos en su territorio.
El programa está organizado en cuatro dimensiones que corresponden a los tres procesos de la gestión del riesgo establecidos en la Ley 1523 de 2012, más una dimensión fundacional de derechos y ciudadanía. Cada módulo es autocontenido, interactivo y puede cursarse de forma independiente.
Fundamentos de derechos, responsabilidades ciudadanas y el marco constitucional y legal de la gestión del riesgo en Colombia.
Arquitectura institucional del Sistema Nacional, el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo y el rol de las comunidades en él.
Características geográficas, climáticas, sociales y culturales de la Costa Caribe colombiana que determinan sus condiciones de riesgo particulares.
Cómo participar en la construcción, seguimiento y exigencia del Plan Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres desde la comunidad.
Tipología de amenazas hidrometeorológicas, geológicas, antrópicas y biológicas presentes en la Costa Caribe. Amenazas cruzadas y encadenadas. Saber ancestral e indicadores naturales.
Análisis de las cuatro dimensiones de la vulnerabilidad: física, social, económica e institucional. Autoevaluación comunitaria y mapeo participativo de vulnerabilidades.
Identificación de elementos expuestos: vidas, infraestructura, servicios esenciales, patrimonio cultural, ecosistemas y economías locales. Inventario participativo.
Cálculo participativo del nivel de riesgo. Construcción de la matriz de riesgo comunitaria. Escenarios de riesgo y su priorización para la acción colectiva.
Intervención prospectiva del riesgo. Ordenamiento territorial y uso del suelo. Cómo la comunidad puede incidir en decisiones de planeación que eviten nuevas condiciones de riesgo.
Intervención correctiva del riesgo existente. Cómo exigir obras de mitigación al municipio. Soluciones basadas en la naturaleza (SbN) y tecnologías comunitarias apropiadas.
Diseño e implementación de sistemas de alerta temprana comunitarios. Indicadores naturales y bioindicadores. Protocolos de comunicación y rutas de evacuación. Saber ancestral como herramienta de alerta.
Construcción participativa del Plan Comunitario de Gestión del Riesgo. Metodología IAP. Cómo articularlo con el PMGRD municipal. El PCGR como instrumento de exigibilidad de derechos.
Plan familiar de emergencias. Plan de evacuación comunitario. Simulacros participativos. Brigadas comunitarias de primera respuesta. La familia como primera línea de protección.
Atención humanitaria de emergencia: quién la provee, cómo se exige, qué cubre. Declaratoria de calamidad pública y desastre. Derechos específicos de mujeres, niños, personas mayores y con discapacidad.
Rehabilitación y reconstrucción orientadas a "construir mejor". Derechos en la fase de recuperación. Cómo evitar que la reconstrucción reproduzca las condiciones de riesgo. Recuperación de medios de vida.
Tutela, acciones populares, derechos de petición, veedurías ciudadanas. Jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre GRD. Cómo documentar y denunciar la inacción institucional ante el riesgo.
Este programa rechaza el modelo de capacitación vertical en el que un experto llega a "enseñarle" a la comunidad lo que ya vive en carne propia. Aquí, el conocimiento local, ancestral y comunitario sobre el territorio es el punto de partida. El saber académico y legal llega a dialogar con ese conocimiento, no a reemplazarlo.
"Nadie educa a nadie; tampoco nadie se educa a sí mismo; los hombres se educan en comunión, mediatizados por el mundo."
Cada módulo inicia con la pregunta que la comunidad ya se hace, no con la respuesta que el experto trae preparada. Las evaluaciones no miden memorización: miden comprensión práctica y capacidad de acción colectiva. La participación es libre y voluntaria, basada en el reconocimiento de que el aprendizaje significativo no puede imponerse.
Diálogo de saberes, problematización de la realidad y aprendizaje como acto político. El riesgo no es neutro: tiene causas sociales, económicas y políticas.
La comunidad investiga su propio territorio, analiza sus riesgos y construye colectivamente las soluciones. El facilitador es acompañante, no instructor.
Juegos de roles, simulacros, mapas parlantes, sociodramas y dinámicas que activan el aprendizaje desde el cuerpo, la emoción y la creatividad.
Cada dimensión culmina en un producto concreto: el mapa de riesgos, el PCGR, el SATC o el Plan Familiar. El aprendizaje se consolida en la acción.
El programa reconoce que las amenazas, vulnerabilidades y capacidades de la Costa Caribe colombiana son únicas. Siete departamentos, miles de kilómetros de costa, cuencas del Magdalena, el Sinú, el Cesar y el Ranchería, Sierra Nevada de Santa Marta, Serranía de Perijá. Comunidades afrodescendientes, indígenas y mestizas con saberes ancestrales sobre el comportamiento del agua, el viento y la tierra.
El programa incorpora el enfoque diferencial como eje transversal. Las condiciones de vulnerabilidad se profundizan según género, pertenencia étnica, edad, condición de discapacidad y situación de desplazamiento. La Ley 1523 reconoce el principio de igualdad (Art. 3.1) y el de diversidad cultural (Art. 3.6) como mandatos obligatorios.
Las mujeres son afectadas de forma desproporcionada por los desastres. Son también las principales gestoras de la recuperación familiar y comunitaria. El programa visibiliza y fortalece su rol.
Comunidades afrodescendientes, indígenas y raizales tienen saberes ancestrales valiosos sobre el comportamiento del territorio. El programa los integra como conocimiento válido y necesario.
La infancia y la adolescencia tienen derechos específicos en situaciones de riesgo y desastre. El programa incluye estrategias pedagógicas adaptadas y activa su participación protagónica.
Las personas mayores concentran mayor vulnerabilidad ante amenazas físicas pero también son portadoras insustituibles de memoria histórica del territorio y de eventos de riesgo pasados.
La discapacidad en contexto de riesgo multiplica la vulnerabilidad. El programa trabaja planes de evacuación inclusivos y sistemas de alerta accesibles para todas las condiciones.
La migración forzada y el desplazamiento generan condiciones de vulnerabilidad adicional. El programa incluye esta realidad presente en la Costa Caribe, especialmente en las ciudades.
Explora y accede a todos los módulos. Puedes recorrerlos en orden o comenzar por el que responde a tu necesidad más urgente. Cada módulo incluye contenidos, actividades participativas, evaluación y guía del facilitador.
REDEPARES es una organización de la sociedad civil comprometida con el fortalecimiento de la ciudadanía y la participación comunitaria en los municipios de la Costa Caribe colombiana. Este programa de formación nace de años de trabajo de campo con comunidades afectadas por inundaciones, deslizamientos y otros eventos que el sistema a veces llama "desastres naturales" pero que nosotros sabemos que tienen causas profundamente sociales, históricas y políticas.
La Ley 1523 de 2012 establece que la gestión del riesgo es responsabilidad de todos. Nosotros creemos que esa responsabilidad solo puede ejercerse cuando las comunidades tienen el conocimiento y las herramientas para participar en igualdad de condiciones. Este programa es nuestra respuesta a esa necesidad.
Las comunidades no son consultas de último minuto. Son protagonistas desde el diseño hasta la evaluación de los procesos de gestión del riesgo.
El conocimiento de los abuelos sobre las señales del agua, el viento y la tierra es tan válido como el de cualquier informe técnico. Lo integramos, no lo descartamos.
La protección ante el riesgo no es un favor que el Estado concede. Es un derecho exigible. Las comunidades que conocen sus derechos son más resilientes.
El lenguaje de la gestión del riesgo puede ser apropiado por cualquier comunidad. Nuestro trabajo es hacer la traducción, sin perder el rigor.
Herramientas técnicas que profundizan los módulos del programa. Accede directamente desde aquí o desde las tarjetas de los módulos relacionados.